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Diccionario del seguro >> Definición

B

BUENA FE



Principio básico y característico de todos los contratos, obligando a las partes de los mismos a actuar con la máxima honestidad. Por definición el contrato de seguros está fundado en la buena fe de las partes y la inexistencia de esta conlleva la nulidad radical del contrato.


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