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Diccionario del seguro >> Definición

I

INFORMACION (DEBER DE)



Obligación que tiene el asegurado de facilitar a su asegurador todos los datos que conozca sobre las circunstancias y consecuencias de un siniestro. El incumplimiento de este deber puede dar lugar a la pérdida del derecho a la indemnización en el supuesto de que el asegurado hubiera actuado con dolo o culpa grave. Existe también dicha obligación por parte de las entidades aseguradoras para con sus socios, respecto del funcionamiento general, económico y contable de aquéllas.


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