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Diccionario del seguro >> Definición

M

MUTUALIDAD



Entidad Aseguradora constituida por la asociación de personas que se reparten entre sí los riesgos que individualmente les corresponde, fijando las cantidades con que cada uno de ellos habrá de contribuir al resarcimiento de los daños o pérdidas colectivas. El objeto fundamental de una Mutualidad es la consecución de una cobertura colectiva y mancomunada frente a los riesgos individuales de sus asociados, al mínimo coste posible, puesto que el precio de la garantía sólo estará representado, en líneas generales, por el importe de las indemnizaciones satisfechas más los gastos de administración.


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