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S

SEGURO DE VIDA ENTERA



Modalidad de seguro de vida por la que se garantiza el pago de un capital inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, sea cual fuere la fecha en que ocurra dicho fallecimiento. Este contrato puede presentar las siguientes formas básicas: A primas vitalicias. El pago de las primas se mantiene hasta el fallecimiento del asegurado. A primas temporales. Las primas correspondientes se satisfacen durante un período de tiempo determinado. Hasta los 85 años. Si el asegurado sobrevive a esta edad, se satisface automáticamente el capital garantizado, cesando con ello la vigencia del seguro.


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